I. La creación de una nueva spin-off o la participación en una ya existente podrán ser promovidas por las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de este decreto, bien la iniciativa propia o bien la iniciativa del personal investigador que preste sus servicios en ellas.
II. Las entidades o el personal investigador que estuviera interesado en la constitución de una nueva spin-off o en la participación en una spin-off ya creada, deberá presentar ante la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud una solicitud que deberá ir acompañada, en todo caso, de la siguiente documentación:
- Memoria en la cual figure el/a investigador/a o composición del equipo investigador, su vinculación con el Sistema público de salud de Galicia, así como las posibles incompatibilidades en que pudieran incurrir
- Memoria detallada sobre la tecnología o conocimiento y los resultados de la investigación que se pretendan explotar comercialmente, con indicación de su titularidad y de los beneficios que se pretenden obtener
- Justificación de la propuesta de participación de las entidades incluidas en el ámbito de aplicación del decreto en el capital social, de ser el caso, y beneficios que acercaría su participación en la empresa
- Justificación de la propuesta de participación de cada uno de los/de las socios/las
- Plan de empresa que permita valorar su viabilidad técnica y financiera
- Relación detallada de los recursos propios de las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de este decreto que se pretendan emplear para la constitución de la spin-off
III. En caso de que se solicite la participación en una spin-off ya constituida, deberá presentarse, además de la documentación recogida en el punto II:
- Escritura de constitución
- Estatutos sociales y demás pactos suscritos entre los/las socios/las
- Certificados emitidos por la Agencia Tributaria y la Tesorería de la Seguridad Social que acrediten que la compañía está al día de sus deberes ante ambas administraciones
- Contrato de transferencia de resultados de la investigación
- Información financiera de la empresa
IV. En caso de que se solicite la constitución de una nueva spin-off, deberá presentarse, además de la documentación recogida en el punto II:
- Borrador de la escritura de constitución
- Borrador de los estatutos de la sociedad mercantil
- Borrador del contrato de socios